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Habilitación de Asociaciones sin Fines de Lucro (ASFL)

La Habilitación Sectorial es el proceso mediante el cual un órgano sectorial del Estado verifica que los servicios ofrecidos por las ASFL cumplen con condiciones mínimas y particulares; en cuanto a sus recursos físicos, humanos, estructurales y de funcionamiento; para asegurar y garantizar a la población la prestación de servicios seguros y de calidad, conforme a lo dispuesto en la Ley 122-05. El procedimiento concluye con la obtención de una Licencia o Permiso de Habilitación.

La Habilitación Sectorial es el proceso mediante el cual un órgano sectorial del Estado verifica que los servicios ofrecidos por las ASFL cumplen con condiciones mínimas y particulares; en cuanto a sus recursos físicos, humanos, estructurales y de funcionamiento; para asegurar y garantizar a la población la prestación de servicios seguros y de calidad, conforme a lo dispuesto en la Ley 122-05. El procedimiento concluye con la obtención de una Licencia o Permiso de Habilitación.

Luego del pre-registro y la Validación de la Clasificación, el CASFL le asignará a la ASFL un usuario en la plataforma SIGASFL, a través del cual se realizará la solicitud al órgano sectorial asignado de su Licencia o Permiso de habilitación.

Asociaciones Sin Fines de Lucro

Dirección de Planificación y Desarrollo, División de Habilitación y Seguimiento a las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL).

registro.asfl@economia.gob.do
ppaula@mescyt.gob.do

Requisitos para presentar solicitud de habilitación

La solicitud de licencia de habilitación debe estar acompañada de los siguientes documentos:

  • Informe ejecutivo de no más de tres paginas, conteniendo un resumen cronológico de las ejecutorias de la asociación desde su fundación.
  • Copia del Certificado de Registro Nacional de Incorporación (RNI)
  • Copia del Registro Nacional de Contribuyente (RNC)
  • Copia del acta más reciente de la asamblea de miembros asociados que designa el Consejo de Administración o la Junta Directiva vigente.
  • Hojas de vida y copias de las cédulas de identificación de los miembros del Consejo de Administración, o Junta Directiva.
  • Estados Financieros del ultimo periodo fiscal, certificados por un Contador Público Autorizado. En el caso de las asociaciones comunitarias, conforme el tratamiento especial que les confiere la ley, los estados financieros podrán ser preparados por el personal responsable de estas funciones en la organización.
  • Declaración Jurada Informativa Anual por ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), correspondiente al ultimo periodo fiscal.

 

Procedimiento por seguir para la obtención del servicio:

  1. Ingrese al sistema con su usuario y contraseña.
  2. En el Menú Solicitudes, pulse la opción Habilitación Sectorial.
  3. Complete todos los campos con la información requerida. Luego, haga clic en el botón “Generar Solicitud”.
  4. El SIGASFL desplegará el Formulario Solicitud de Habilitación Sectorial. Complete los datos solicitados y adjunte los documentos específicos requeridos por su sectorial. Accione el botón.

Enviar solicitud de Habilitación Sectorial.

Horario de servicio: 8:00 a.m. – 4:00 p.m.

Gratis

En línea vía web

Si necesita información adicional relacionada a este servicio, puede comunicarse con nosotros al número (809) 731-1100, ext. 6207 / 4501

  • Ley 122-05 para la regulación y fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) en República Dominicana.

Licencia de Habilitación como ASFL

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